Última modificación: 20-06-2007

Reglamento Regional Norte


Artículo 1

Las carreras de Técnico en Interpretación (opción Guitarra y opción Piano) y de Técnico en Dirección de Coros de la Escuela Universitaria de Música se dictarán en la Regional Norte (Sede Salto) de la Universidad de la República.

Artículo 2

Objetivos

  1. Contribuir a la formación de docentes a fin de incrementar la capacidad docente musical de la región.
  2. Brindar al estudiante conocimientos y habilidades básicas y sólidas en interpretación y/o dirección de conjuntos, así como en aspectos fundamentales de la teoría de la música, que le permitan desarrollar las herramientas fundamentales para su desempeño como músico.
  3. Ofrecer una formación musical sólida que habilite al estudiante a continuar sus estudios musicales superiores.

Artículo 3

Requisitos de ingreso

  1. Se deberá haber culminado uno de los Bachilleratos Diversificados de Enseñanza Secundaria, o uno de los Bachilleratos Técnicos de la UTU que se detallan a continuación:
  2. Se deberán demostrar conocimiento y habilidades musicales en pruebas que se darán a conocer anualmente.

Artículo 4

Título

El título a otorgar será de Técnico en Interpretación (opción Guitarra u opción Piano) y Técnico en Dirección de Coros.

Artículo 5

Materias

Artículo 6

Descripción de las Materias

Instrumento / Dirección Coral Materia cuyo objetivo es desarrollar las habilidades técnicas del estudiante para la interpretación del instrumento o dirección de un conjunto coral, así como las capacidades básicas para que el estudiante esté en condiciones de resolver independientemente la problemática de la interpretación musical. Se dictarán tanto clases individuales como colectivas, en las que se buscará discutir tanto aspectos técnicos específicos del instrumento como interpretativos en la forma de abordaje de las diferentes obras musicales. Tanto el repertorio que trabajarán los estudiantes como el material usado para la discusión de aspectos generales, deberán incluir obras de compositores del siglo 20, de América Latina y del Uruguay.

Lectoescritura Materia cuyo objetivo es el de desarrollo del oído en su sentido más amplio, así como la adquisición de capacidad de lectura y escritura musical y conocimientos básicos de la teoría de la música.

Práctica Coral Materia cuyo objetivo es el entrenamiento en la práctica de la música, constituyendo un complemento a los cursos de Lectoescritura.

Historia de la Música Materia cuyo objetivo es el conocimiento de aspectos generales de la historia de la música, así como la aproximación a una metodología para el conocimiento musical desde un punto de vista histórico. Al menos uno de los cursos (semestres) deberá abordar la música en América Latina en el siglo XX.

Taller de Análisis Taller cuyo objetivo es partir del hecho musical concreto para estudiar aspectos de la teoría de la música, la armonía, el contrapunto, problemas formales, melódicos, rítmicos y estructurales. El material a analizar deberá incluir obras de compositores del siglo 20, de América Latina y del Uruguay.

Taller de Práctica Docente Taller de práctica supervisado por el docente de piano y/o guitarra, tendiente a desarrollar las aptitudes didáctico - pedagógicas del estudiante. La práctica docente podrá realizarse tanto en los años de inicio de las carreras como fuera de la Universidad, pero siempre bajo supervisión del docente respectivo.

Taller de Práctica Coral Taller de práctica supervisado por el docente en el cual los estudiantes trabajarán con conjuntos corales, asistiendo también las necesidades de los cursos de Práctica Coral del inicio de las carreras.

PREVIATURAS
Artículo 7

Las carreras se dividirán en dos ciclos de 4 semestres cada uno. Para cursar el segundo ciclo (semestres 5 a 8) deberá haberse completado (aprobado todas las materias) el primer ciclo (semestres 1 a 4)

Artículo 8

Un estudiante no podrá inscribirse en un curso de las materias Guitarra y Piano sin tener aprobado el semestre anterior en la misma.

Artículo 9

Para inscribirse a materias correlativas se deberá al menos haber cursado la anterior, cumpliendo el requisito reglamentario de asistencias y aprobado la ante-anterior. Por ejemplo, para poder inscribirse a Lectoescritura 3 se deberá tener aprobada Lectoescritura 1 y cursado reglamentariamente Lectoescritura 2.

Artículo 10

Para inscribirse en Guitarra 4, Piano 4 y Dirección Coral 4 se deberán tener aprobadas Lectoescritura 2 y Práctica Coral 2.

EVALUACIÓN COMPLEMENTARIA
Artículo 11

El estudiante que hubiera sido admitido en las carreras del Regional Norte (Salto) pero no hubiera aprobado ninguna materia en el período ordinario de exámenes de diciembre deberá realizar una nueva prueba de admisión en el período siguiente.

Artículo 12

El estudiante de las carreras de Interpretación (Guitarra, Piano) que durante tres semestres consecutivos no asistiera a ninguno de los cursos de Instrumento (Guitarra, Piano), deberán rendir una prueba de evaluación a fin de constatar su nivel real en el momento, no pudiendo cursar el semestre siguiente hasta tanto hubiera demostrado tener las condiciones necesarias para hacerlo.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 13

En el año 2002 se podrá ingresar a las carreras de la Escuela Universitaria de Música de Técnico en Interpretación y Técnico en Dirección de Coros que se dictan en la Regional Norte (Salto) con 4º año de Secundaria terminado.

Artículo 14

En el año 2003 se podrá ingresar a las carreras de la Escuela Universitaria de Música de Técnico en Interpretación y Técnico en Dirección de Coros que se dictan en la Regional Norte (Salto) con 5º año de Secundaria terminado.

Artículo 15

Los estudiantes que en 2002 y 2003 hubieran ingresado al amparo de las disposiciones transitorias establecidas en los artículos 13 y 14, deberán haber culminado los estudios secundarios para poder egresar de las carreras de la EUM en la Regional Norte (Salto).